La Formación Profesional Dual (FP Dual) es una modalidad del sistema de Formación Profesional que combina el aprendizaje en el centro educativo con una formación práctica en una empresa u organismo equiparado.
Según la Ley Orgánica 3/2022, toda la oferta de FP de Grados C y D (certificados profesionales y ciclos formativos) tiene carácter dual, lo que implica:- Una fase de formación en empresa de al menos el 25 % de la duración total del programa.
- Participación activa de las empresas en el diseño y desarrollo del currículo.
- Dos regímenes posibles:
- FP Dual general: con menor carga de formación en empresa.
- FP Dual intensiva: con mayor implicación de la empresa y posible vinculación contractual del alumnado.
Un modelo integrado y justo
- UGT apuesta por un modelo único y coherente de FP Dual en todo el territorio, que supere la fragmentación entre los sistemas de educación y empleo.
- Reclama una gobernanza compartida con presencia activa de los agentes sociales en el diseño, seguimiento y evaluación del sistema.
Derechos del alumnado-trabajador
- El alumnado debe tener vínculo contractual con la empresa y recibir una retribución justa, conforme a convenios colectivos o mínimos sectoriales.
- UGT propone la figura del Representante de los Aprendices, para garantizar sus derechos y condiciones laborales.
Calidad y orientación
- La FP Dual debe contar con estándares de calidad, tutores formados y orientación profesional adecuada.
- Se debe evitar que la formación dual se convierta en mano de obra barata o precaria.
Inclusión y segunda oportunidad
- UGT defiende que la FP Dual no solo sea para jóvenes, sino también para personas desempleadas, mayores de 45 años o trabajadores sin cualificación reconocida.
- La formación en alternancia debe ser una herramienta de recualificación y empleabilidad a lo largo de la vida.
Línea de tiempo normativa de la Formación Profesional Dual
AÑO | NORMA | DESCRIPCIÓN |
2012 | RD 1529/2012 | Primera regulación de la FP Dual como modelo de alternancia. Establece el marco para los contratos de formación y aprendizaje. |
2013 | Orden ESS/2518/2013 | Desarrolla los contenidos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje. |
2015 – 2021 | Proyectos autonómicos piloto | Diversas CCAA experimentan modelos de FP Dual con distinto grado de implicación empresarial. |
2022 | Ley Orgánica 3/2022, de ordenación e integración de la FP | Establece un modelo único de FP, con carácter dual obligatorio para grados C y D. Introduce dos regímenes: FP Dual General y FP Dual Intensiva. |
2023 | RD 659/2023 | Desarrolla la estructura modular de la nueva FP: grados A–E, módulos comunes (digitalización, empleabilidad, sostenibilidad) y proyecto intermodular. |
2024 – 2025 | “Adaptación progresiva” | Centros, administraciones y empresas implementan y ajustan el nuevo modelo de FP Dual con formación desde el primer curso. |
- Ley Orgánica 3/2022
- Real Decreto 659/2023
- Portal TodoFP (Ministerio de Educación)
Preguntas frecuentes sobre la FP Dual:
¿Qué es la FP Dual?
Es una modalidad de Formación Profesional que combina la enseñanza en el centro educativo con la formación práctica en una empresa. Desde la Ley Orgánica 3/2022, toda la oferta de Grado Medio y Superior es obligatoriamente dual.
¿Qué ventajas tiene para el alumnado?
- Aprende en entornos reales de trabajo.
- Mejora sus oportunidades de empleabilidad.
- Desarrolla competencias técnicas y sociales en contacto con profesionales.
- Puede obtener una vinculación laboral (contrato o beca) en modalidad intensiva.
¿Qué tipos de FP Dual existen?
- FP Dual General: participación más limitada de la empresa y sin necesidad de contrato.
- FP Dual Intensiva: implicación más alta de la empresa, con posibles contratos o becas y mayor carga formativa en el entorno laboral.
¿En qué se diferencia de la FP tradicional?
En la FP tradicional, la formación se imparte casi por completo en el centro educativo y las prácticas se concentran al final (FCT). En la FP Dual, las prácticas están integradas desde el inicio y representan al menos un 25 % del programa formativo.
¿Quién puede acceder a la FP Dual?
- Personas que acceden a ciclos de Grado Medio o Superior.
- También puede implementarse en otros grados de FP (como certificados profesionales) según el diseño de los programas.
¿Hay que firmar un contrato con la empresa?
Depende de la modalidad:
- En la FP Dual general, suele haber un convenio de colaboración sin contrato laboral.
- En la FP Dual intensiva, se establece una relación contractual o beca formativa que incluye retribución y alta en la Seguridad Social.
¿Las empresas están obligadas a participar?
No, pero su colaboración es clave para el éxito del modelo dual. Las administraciones educativas promueven acuerdos de colaboración con empresas interesadas en acoger alumnado en formación.
¿Se cobra durante la formación?
Solo en la FP Dual intensiva, donde se contempla un contrato o beca. En la FP Dual general, no hay remuneración obligatoria, pero sí cobertura de seguros y seguimiento tutorizado.
¿Qué papel desempeñan los tutores?
- En el centro educativo: orientan y evalúan el progreso académico.
- En la empresa: acompañan al alumnado, supervisan su integración y competencias prácticas.
¿Qué beneficios tiene para las empresas?
- Forman a futuro personal cualificado desde dentro.
- Contribuyen al desarrollo social y educativo.
- Pueden beneficiarse de incentivos y ayudas públicas en algunos casos.